¿Es tu caso?
Si te suena alguna de estas, sí.
- Mi papá falleció y dejó una casa a nombre suyo; no sabemos qué hacer.
- Mi mamá dejó testamento pero nadie nos ha explicado cómo se cumple.
- Queremos vender la casa de mis abuelos y nos dijeron que primero hay que hacer la sucesión.
- Mi esposo falleció y la cuenta del banco y el carro están a su nombre.
- Somos cinco hermanos y no todos estamos de acuerdo en qué hacer con la propiedad.
- Mi hermano se está quedando con todo y dice que él es el único heredero.
- Vivo en Estados Unidos y falleció mi mamá en Monterrey; no puedo estar yendo y viniendo.
- Han pasado años desde que falleció mi papá y nunca se hizo nada.
Qué incluye
- Asesoría de una hora para identificar si tu caso va por la vía intestada o testamentaria.
- Revisión de los documentos y del estado legal de los bienes: escrituras, predial, cuentas, vehículos.
- Búsqueda y revisión del testamento, si existe.
- Elaboración y presentación de la demanda o denuncia de sucesión.
- Trámite del reconocimiento de herederos y del nombramiento de albacea.
- Inventario y avalúo de los bienes.
- Proyecto de partición: cómo se reparte y qué le toca a cada quien.
- Gestión de la adjudicación y del trámite ante notaría para que la propiedad quede escriturada a nombre de quien hereda.
- Representación cuando hay herederos que no están de acuerdo.
Lo que recibes
- Diagnóstico escrito de tu caso y la vía que corresponde.
- Lista personalizada de documentos por reunir.
- Escritos y promociones presentados ante el juzgado.
- Resolución de reconocimiento de herederos.
- Inventario y proyecto de partición.
- Escritura de adjudicación otorgada ante notaría e inscrita en el Registro Público de la Propiedad.
- Reportes de avance durante todo el proceso.
Cómo es el proceso
- Paso 01
Asesoría y diagnóstico
Vemos si hubo testamento o no, quiénes son las personas con derecho a heredar y qué bienes hay. De ahí sale la vía: intestada o testamentaria.
- Paso 02
Reunir documentos
Te damos una lista puntual. Si falta un acta o si algún dato viene mal escrito, hay que corregirlo antes, porque un nombre distinto entre el acta y la escritura detiene todo el juicio.
- Paso 03
Inicio de la sucesión
Presentamos la denuncia o demanda ante el juzgado que corresponda. Aquí arranca formalmente el proceso.
- Paso 04
Reconocimiento de herederos y albacea
El juzgado reconoce quiénes heredan y se nombra albacea, que es quien va a administrar los bienes y representar a la sucesión mientras dura el proceso.
- Paso 05
Inventario y avalúo
Se hace la lista formal de todo lo que dejó la persona y se le pone valor. Se descuentan las deudas que existan.
- Paso 06
Partición y adjudicación
Se propone cómo se reparte, el juzgado lo aprueba y se adjudica a cada heredero lo que le toca.
- Paso 07
Escrituración
Si hay inmuebles, la escritura de adjudicación se otorga ante notario público y se inscribe en el Registro Público de la Propiedad. Nosotras gestionamos y acompañamos ese último paso, que es el que finalmente pone la casa a nombre de quien hereda.
Qué necesitas traer
Si no tienes todo, no te preocupes: en la asesoría vemos cómo conseguirlo.
- Acta de defunción de la persona que falleció.
- Acta de nacimiento de cada heredero, para acreditar el parentesco.
- Acta de matrimonio, si la persona que falleció estaba casada.
- Identificación oficial vigente y CURP de cada heredero.
- Testamento o testimonio notarial, si lo hubo.
- Escrituras, facturas, contratos o estados de cuenta de los bienes.
- Comprobante de domicilio.
- Datos de contacto de todas las personas que podrían heredar, aunque no estén de acuerdo.
Cuando fallece alguien de la familia, los bienes no cambian de dueño solos. Aunque todos sepan de quién es la casa, mientras no se haga la sucesión la propiedad sigue legalmente a nombre de quien falleció, y eso impide venderla, rentarla o heredarla otra vez. Nosotras te acompañamos en todo el proceso, esté o no esté la familia de acuerdo.
