Saltar al contenido
ELENAFLORES& ABOGADAS

¿No te dejan ver a tus hijos?

Guarda y custodia es con quién viven tus hijos todos los días. Convivencia es tu derecho a estar con ellos. Son cosas distintas y las dos se pueden reclamar.

¿Es tu caso?

Si te suena alguna de estas, sí.

  • Mi ex no me deja ver a mis hijos y ya no sé qué hacer.
  • Se llevó a los niños y no me dice dónde están.
  • Cada visita se vuelve un pleito porque no hay nada establecido por escrito.
  • Quiero que quede formal con quién viven mis hijos.
  • Cambiaron las circunstancias y creo que la custodia debería modificarse.
  • Me dejan ver a mis hijos solo cuando ella quiere.
  • Estamos en divorcio y no nos ponemos de acuerdo en con quién se quedan los niños.
  • La abuela es quien cuida a mis nietos y quiero que quede claro legalmente.
  • Me quieren quitar la patria potestad y no sé qué significa eso.

Qué incluye

  • Asesoría de una hora para entender tu situación y decirte qué se puede promover.
  • Explicación clara de la diferencia entre patria potestad, guarda y custodia y régimen de convivencia.
  • Elaboración y presentación de la demanda ante el Juzgado Familiar.
  • Propuesta de régimen de convivencia: días, horarios, vacaciones y fechas especiales.
  • Integración de las pruebas del caso.
  • Trámite de modificación cuando ya existe una resolución y las circunstancias cambiaron.
  • Seguimiento del expediente y aviso de cada movimiento del juzgado.
  • Acompañamiento en las audiencias.

Lo que recibes

  • Demanda presentada ante el Juzgado Familiar.
  • Propuesta de régimen de convivencia por escrito.
  • Expediente de pruebas, integrado y ordenado.
  • Resolución del juzgado.

Cómo es el proceso

  1. Paso 01

    Asesoría inicial

    Una hora contigo, en línea o presencial. Te escuchamos y te explicamos qué se puede promover: guarda y custodia, régimen de convivencia o la modificación de uno que ya existe.

  2. Paso 02

    Integración del expediente

    Reunimos actas, identificaciones y todo lo que documente tu relación con tus hijos y tus condiciones para cuidarlos.

  3. Paso 03

    Presentación de la demanda

    Presentamos el asunto ante el Juzgado Familiar, con la propuesta concreta de cómo debería quedar la custodia o la convivencia.

  4. Paso 04

    Notificación a la contraparte

    El juzgado notifica a la otra parte para que conozca el juicio y pueda responder.

  5. Paso 05

    Desahogo de pruebas y audiencias

    Se presentan las pruebas del caso. Te preparamos antes de cada audiencia para que sepas qué esperar, y te acompañamos.

  6. Paso 06

    Resolución

    El juez resuelve tomando como criterio el interés superior del menor, que es la regla que manda en todos estos juicios: lo que decide no es lo que le conviene a mamá o a papá, sino lo que le conviene al niño. Te explicamos qué dice la resolución y cómo se hace cumplir.

Qué necesitas traer

Si no tienes todo, no te preocupes: en la asesoría vemos cómo conseguirlo.

  • Identificación oficial vigente: INE o pasaporte.
  • CURP.
  • Actas de nacimiento de los hijos.
  • Acta de matrimonio, si estuvieron casados.
  • Datos de la otra parte: nombre completo y domicilio.
  • Si ya existe una resolución o un convenio sobre custodia o convivencia, el documento donde consta.
  • Comprobante de domicilio y de ingresos, para acreditar tus condiciones.

Que no te dejen ver a tus hijos no es algo que tengas que aguantar en silencio. Cuando no hay nada establecido por escrito, cada visita depende de la buena voluntad de la otra persona. Nosotras iniciamos el juicio de guarda y custodia o el de convivencia para que quede formal, con días y horarios claros, y te acompañamos en cada audiencia.

Ofrecer acompañamiento a nuestros Amigos y Clientes, brindando un servicio personalizado, manteniendo como premisa la cercanía y el trato humano.

Preguntas frecuentes

Lo que más nos preguntan.

¿Falta la tuya? Escríbenos y te contestamos sin compromiso.

¿Cuál es la diferencia entre patria potestad y guarda y custodia?

La patria potestad es el conjunto de derechos y obligaciones que tienes sobre tus hijos: decidir sobre su educación, su salud, sus documentos. La guarda y custodia es algo más concreto: con quién viven día a día. Se puede tener la patria potestad sin tener la custodia, y eso es lo normal cuando los papás están separados.

Mi ex no me deja ver a mis hijos. ¿Qué puedo hacer?

Se puede promover un juicio para que el juez fije un régimen de convivencia: días, horarios, vacaciones y fechas especiales, por escrito y obligatorio para las dos partes. Mientras no haya nada establecido, cada visita depende de la buena voluntad de la otra persona. Ven a asesoría y lo revisamos.

¿Cuánto cuesta un juicio de guarda y custodia en Monterrey?

No tenemos un precio único publicado, porque cambia mucho según si hay acuerdo entre las partes y qué tan complejo esté el caso. Lo que sí está fijo es la asesoría: $700 en línea, $800 presencial y $1,000 especializada, por una hora, sin impuestos. Ahí revisamos tu caso y con eso te cotizamos.

¿La custodia siempre se le da a la mamá?

No hay una regla automática. El criterio que manda es el interés superior del menor: qué es lo mejor para el niño en su situación concreta. Nosotras no te podemos prometer un resultado, pero sí te decimos con honestidad qué pesa en un caso como el tuyo.

¿Qué es el interés superior del menor?

Es el principio que obliga a que, en cualquier decisión que involucre a un niño, lo primero que se considere sea su bienestar, por encima de lo que quieran los papás. Es el criterio con el que el juez va a resolver.

¿Se puede cambiar una custodia que ya está establecida?

Sí, cuando cambian las circunstancias que se tomaron en cuenta al fijarla. Se promueve la modificación ante el juzgado y se tiene que acreditar ese cambio. Ven a asesoría con la resolución que ya tienes y lo vemos.

¿Puedo pedir la custodia si nunca estuvimos casados?

Sí. Los derechos y obligaciones hacia los hijos no dependen de que los papás se hayan casado. Lo que sí se necesita es que la filiación esté acreditada; si el papá no está reconocido, primero va el juicio de reconocimiento de paternidad.

¿Guarda y custodia es lo mismo que pensión alimenticia?

No. La custodia es con quién viven los hijos; la pensión es el dinero para sostenerlos. Quien no tiene la custodia normalmente sigue obligado a dar la pensión. A veces se resuelven en el mismo juicio o en el mismo convenio, y a veces por separado.

¿Los niños pueden decidir con quién quieren vivir?

Los menores tienen derecho a ser escuchados dentro del juicio, y el juez toma en cuenta su opinión según su edad y madurez. Pero su opinión no decide sola: se valora junto con todo lo demás bajo el interés superior del menor.

Se llevó a los niños a otra ciudad sin avisarme. ¿Qué hago?

Es una situación urgente y hay medidas que se pueden promover. Escríbenos lo antes posible con los datos que tengas: entre más rápido se actúe, más opciones hay.

¿Los abuelos pueden pedir convivencia con sus nietos?

Es un tema que se puede plantear ante el Juzgado Familiar y depende mucho del caso concreto. Cuéntanos tu situación en la asesoría y te decimos qué se puede promover.

Dónde estamos

Nuestra oficina
en Chepevera.

Dirección
Calle José Calderón #640
Col. Chepevera, Monterrey, N.L.
Casi esquina con Av. Fleteros y Prolongación Arramberri
Horario
Lunes a viernes, 9:00 a 19:00

El mapa lo carga Google. Lo mostramos solo si lo pides, para no cargar sus cookies sin avisarte.